La Agencia Nacional de Infraestructura ANI y Coviandina informan a los usuarios que transportan ganado en pie que: Con la expedición de la Resolución 20223040006915 de 2022, esta actividad por vía terrestre deberá cumplir condiciones mínimas que garanticen el bienestar de los animales movilizados bioseguras y de salubridad, tanto para los mismos semovientes como para los demás usuarios de la vía.
Si bien es cierto, la resolución define un régimen de transición hasta de 3 años a partir de la fecha de su expedición, por las condiciones particulares de los túneles Bijagual y Buenavista, es necesario proteger las fuentes hídricas provenientes de dichos túneles que abastecen a la comunidad de Villavicencio, así como la bioseguridad de los usuarios de la vía, al personal de la DITRA, y del concesionario.
Por lo tanto, quien pretenda transitar por dichos túneles, deberá cumplir con lo definido en el numeral 2 de la citada resolución, especialmente lo establecido en los apartados a) paredes, b) pisos, c) techos, d) separadores, e) puertas.
Se resalta en el caso del transporte de ovinos, bufalinos y equinos, la importancia de que los vehículos propendan por ser estancos y cerrados hasta una altura mínima de 1 metro, de tal forma que, se minimicen las pérdidas de sólidos y líquidos generados por dichos animales sobre la infraestructura de los túneles y de la vía en general.
Estas medidas fueron socializadas en reunión organizada por los representantes de la Asociación de Transportadores de los Llanos - ASOTRANSLLANOS, la cual contó con la participación de la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI, la Interventoría del Proyecto – Consorcio Metro Andina, la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía
Nacional (DITRA) y las áreas, ambiental, social y de seguridad vial y de operaciones de COVIANDINA.
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