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Motociclistas en Villavicencio deberán llevar marcado los cascos con el número de la placa como está en la Ley 769

Ante la ola de robos y atracos que se han venido presentando en la capital del Meta utilizando las motocicletas el alcalde Felipe Harman determino la obligatoriedad de cumplir con la ley para el transito de estos vehículos.   

 

La ley 1239 de 2008, en su artículo 3, modificó el artículo 96 del código Nacional de Tránsito para que en su numeral 5 dijera: "El conductor y el acompañante deberán portar siempre en el casco, conforme a la reglamentación que expida el Ministerio de Transporte, el número de la placa del vehículo en que se transite, con excepción de los pertenecientes a la fuerza pública, que se identificarán con el número interno asignado por la respectiva institución".

 

De otro lado, la resolución 1737 de 2004 del Ministerio de Transporte (en relación a cascos de seguridad para motociclistas) establece en su Artículo 6: “El casco de seguridad deberá llevar impreso en la parte posterior externa, el número de la placa asignada al vehículo, en letras y números tipo arial, reflectivas, cuyo tamaño será de 3.5 centímetros de alto y un ancho de trazo de un (1) centímetro” mediante un sistema de caracteres reflectivos auto adhesivos.

 

El alcalde indicó que, durante una semana se aplicarán comparendos pedagógicos, además la Secretaria de Gobierno está encargada de coordinar la marcación de las motocicletas y se realizarán operativos de control en las vías de la ciudad con Agentes de Tránsito quienes estarán acompañados por la Policía nacional.

 

Esto quiere decir que, si a Usted lo «pillan» sin su casco o el de su acompañante, debidamente marcado con la placa del vehículo, pueden hacerle el comparendo, pero si subsana la falta (busca donde ponerle la marca al casco, antes de 60 minutos), no deben inmovilizarle la moto, porque se ha subsanado la falta. En su defecto será trasladado a los patios o parqueaderos autorizados.

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