Para mantener en orden público en el marco de la orden de aislamiento dado por la emergencia sanitaria derivada de la pandemia -Covi-19 la alcaldía de Villavicencio expidió el decreto 186 que restringe desde las 00.00 horas del día 3 de abril hasta las 00.00 horas del 13 de abril, en todo el municipio de la capital del Meta la circulación de personas, la cual se hará bajo la medida de pico y cédula para el abastecimiento familiar en alimentos y productos de aseo, compras de medicamentos y la realización de actividades bancarias, financieras, operadores de pago y notarias mediante el último dígito de la cédula de ciudadanía de quien realiza el desplazamiento para lo cual deberá portar el documento original que será exigido por el establecimiento, comercial, bancario, notarial y demás, le medida también tiene en cuenta que los carros particulares y motos para salir esos días bajo la modalidad último dígito par o impar así:
Día Fecha Ultimo dígito
cédula
Viernes 03-04 /20 1 y 2 pico y placa pares
Sábado 04-04
/20 3 y 4 pico y placa impares
Domingo 05-04 /20 5 y 6
pico y placa pares
Lunes 06-04 /20 7 y 8
pico y placa impares
Martes 07-04 /20 9 y 0
pico y placa pares
Miércoles 08-04 /20 1 y 2 pico y
placa impares
Jueves 09-04
/20 3 y 4 pico y placa pares
Viernes 10-04 /20 5 y 6
pico y placa impares
Sábado 11-04 /20 7 y 8
pico y placa pares
Domingo 12-04/20 9 y 0
pico y placa impares
Por ejemplo, el viernes 3 salen los del último dígito en su cédula (1 y 2) y su vehículo con placa par.
Quienes incumplan la normatividad les acarreará las medidas correctivas previstas en el Código Nacional de seguridad y Convivencia Ciudadana (artículo 35, numeral 2 y la sanción establecida en el Código Penal Colombiano articulo 368
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