· 

El Ministerio de Transporte publicó proyecto de decreto por el cual se elimina el aval a los Planes Estratégicos de Seguridad Vial

Así las cosas, los planes  estratégicos  de seguridad vial adoptados por las entidades, organizaciones o empresas tanto del sector público como privado, deberán adecuarse a lo establecido en las líneas de acción del Plan Nacional de Seguridad Vial 2011-2016 o al documento que lo modifique o sustituya.

 

Cabe recordar que en el marco de lo ya establecido, la autoridad determinó las condiciones marco de adopción y cumplimiento del PESV, así:

 

Será verificado mediante visitas de control, las cuales serán consignadas en un acta de constancia, éstas deberán ser efectuadas a cada entidad de control, organización o empresa por lo menos una vez cada 2 años.

 

Las visitas en mención atenderán al siguiente orden: a) La Superintendencia de Puertos y Transporte con ocasión de la adopción, b) los organismos de tránsito distritales y/o municipales o en su defecto las Alcaldías Municipales deberán hacer el seguimiento y control a las empresas que tengan que adoptar  el PESV c) los organismos de tránsito departamentales o las gobernaciones llevarán a cabo igualmente seguimiento y control.

 

En caso de empresas que presten sus servicios a nivel nacional, el seguimiento y control de los PESV estará a cargo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

 

Finalmente, la Agencia Nacional de Seguridad Vial  dispondrá una herramienta o aplicativo tipo web, que permita, la prestación, seguimiento, control y repositorio de los PESV, para lo cual tendrán 180 días a partir de la entrada en vigencia del presente decreto.

Colfecar espera los comentarios u observaciones al proyecto, que puede ser consultado en la circular 160, enviada a sus correos corporativos, antes del 28 de junio al email unidadjuridica@cofecar.org.co.

 

 

Fuente: Colfecar

Escribir comentario

Comentarios: 0